El diputado de Podemos Alberto Rodríguez ha sido condenado por delito de atentado a agente de la autoridad. La condena consiste en un mes y quince días de cárcel e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante la condena, aunque los magistrados han sustituido la pena de cárcel por una multa de 540 euros.
La sentencia considera probado que Alberto Rodríguez dio una patada en la rodilla a un agente de policía. El Supremo ha basado su decisión en la declaración del propio policía, la solidez de su versión y el hecho de que acudió inmediatamente a recibir asistencia médica.
Rodríguez defendió en su momento que la acusación pretendía limitar el derecho de reunión, algo que la Sala ha rechazado porque «numerosas personas hicieron uso de ese derecho en aquella ocasión y solo se practicó la detención de aquellos a quienes se imputaban actos violentos».