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El TC estudia declarar inconstitucional el primer estado de alarma

El Tribunal considera que solo los estados de excepción y de sitio pueden suspender derechos fundamentales

Por Redacción 12grados

El Tribunal Constitucional (TC) valora si declarar inconstitucional el primer estado de alarma de marzo de 2020 al considerar que avaló una suspensión de los derechos fundamentales, algo que solo se puede hacer a través de los estados de excepción y de sitio. Dicha suspensión no tendría amparo legal bajo un estado de alarma.

Tras un recurso de inconstitucionalidad planteado por Vox, el magistrado Pedro González-Trevijano ha preparado una ponencia que cuestiona el estado de alarma como herramienta para suspender derechos fundamentales como el de circulación. Fuentes judiciales aseguran que es improbable un cambio de opinión al respecto, aunque sí hay un sector más progresista que opinaría diferente.

Vox, partido que ha presentado el recurso, reprochó al Gobierno de Pedro Sánchez un uso “abusivo” del estado de alarma al vulnerar “los derechos y libertades fundamentales de todos los españoles” y evitar al mismo tiempo tener que dar explicaciones en el Congreso. La ponencia se debatirá en pleno el próximo 22 de junio.


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