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La Justicia gallega cuestiona la legalidad del certificado covid al tumbar su obligatoriedad

La noticia llega en un momento en el que las comunidades autónomas se plantean el certificado para los locales de ocio

Por Redacción 12grados

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decretado que la obligación de presentar un certificado para acceder a establecimientos de hostelería y locales de ocio nocturno no tiene vigencia, ya que carece de visto bueno judicial. La noticia llega en un momento en el que diferentes comunidades autónomas se plantean este certificado para el acceso a locales de ocio, lo que cuestiona su legalidad.

El TSXG explica en dos autos que la Xunta no remitió al alto tribunal la orden del 22 de julio, que era la que contenía el requerimiento de presentar el certificado covid-19 en establecimientos de hostelería y también de restauración.

Los magistrados concluyen «que las medidas restrictivas de derechos contenidas en la Orden de 22 de julio de 2021, y la contenida en su Disposición Cuatro, carecen de vigencia en la Comunidad Autónoma de Galicia». La razón es que «no han sido autorizadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSX, que se limitó a emitir autorización en relación con las medidas contenidas en la Orden de 21 de julio de 2021, publicada en el DOG 140 bis de 23 de julio, únicas cuya autorización se instó de la Sala».

Por último, los magistrados explican que, en la resolución de la semana pasada en la que se denegó la medida solicitada por la Asociación de Empresarios Lugo Monumental para que se suspendiese la obligación de presentar el certificado covid, «no se hizo mención alguna a las razones que se exponen en los presentes autos al dar por sentado que las medidas cuya suspensión se instaba habían sido sometidas a previa autorización por el TSXG».


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